Añadió que estudiará en detalle la resolución antes de responder las imputaciones, “aunque no existe explicación para solicitar la clausura de dos instalaciones de la División Ventanas por no haber sido evaluadas ambientalmente en el Sistema Evaluación de Impacto Ambiental vigente”.
Estas instalaciones, aseguró Codelco, operan de manera ininterrumpida y sin modificaciones desde la década de los `60, con anterioridad a la existencia del Sistema de Evaluación Ambiental y cuentan con los permisos sectoriales requeridos.
“Lo que han publicado los medios sobre la justificación técnica de la resolución de la SMA, referido al botadero de escoria, se sustenta además en una apreciación equivocada al indicar que este depósito generaría riesgos para las personas. La escoria de la fundición de Ventanas es un residuo industrial no peligroso conforme a lo establecido en el reglamento de Residuos Peligrosos (DS 148/03 Salud), lo que fue ratificado por las autoridades sanitarias de la V región en 2011”, remató la empresa.
Fuente: Pulso
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