Según el fallo, “los reproches esgrimidos por los actores, no fueron controvertidos por el servicio, el que justificó su actuar en la normativa contenida en la Ley N° 20.551 y su Reglamento”.
Por ende, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada del pasado 12 de agosto de 2016 en el cual la Corte de Apelaciones de Santiago había rechazado el recurso de protección de los regantes del Huasco. En consecuencia, la Corte Suprema acogió el recurso de protección dejando sin efecto la Resolución Exenta N° 2418 de Sernageomin.
Fuente: La Tercera
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