La sentencia del máximo tribunal considera que la resolución que aprobó el estudio de impacto ambiental se encuentra viciada, al no haberse realizado consulta a las comunidades recurrentes por parte de la Comisión Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi).
En el fallo, el máximo tribunal ordena que la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama deberá solicitar a Conadi nuevos informes, en los cuales exponga fundadamente su criterio en cuanto a la pertinencia de cancelar el proceso de Consulta Indígena dispuesto en la Resolución N°69/2013 y de no realizarla respecto de los recurrentes.
Luego, se procedería a emitir una nueva Resolución de Calificación Ambiental del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “El Morro”, en que éste sea calificado ambientalmente acorde al mérito de los antecedentes y según el procedimiento contemplado en la Ley N°19.300.
Fuente: El Mercurio
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