La resolución fue pronunciada por la Primera Sala del tribunal, integrada por su presidente, Iván Aróstica, y los ministros Domingo Hernández, Juan José Romero, José Ignacio Vásquez y la ministra María Pía Silva.
El fallo indica que se formó la “convicción de que la acción constitucional deducida no puede prosperar, por lo que será declarada inadmisible (…) (por) adolecer de falta de fundamento plausible”. Argumenta que la “crítica formulada” en el recurso, sobre la existencia de un conflicto entre el Código Tributario y la tarea de investigar exclusiva del Ministerio Público, era “abstracta”.
Para el 2 de abril está fijada una audiencia para discutir el sobreseimiento definitivo de Longueira.
Fuente: Diario Financiero
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