La demanda fue presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), alegando que la empresa había provocado un grave daño ambiental, al ejecutar obras y actividades que incumplieron la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), que aprobó el proyecto minero ubicado en la Región de Arica y Parinacota.
Según comunicó el Tribunal Ambiental, la minera tenía, entre otras obligaciones, el deber de recolectar al menos un 20% de los eventos líticos emplazados en el área donde está instalada. “Sin embargo, intervino 15 hectáreas del yacimiento Salamanqueja 12-13, destruyendo los eventos allí emplazados, dado que no cumplió con dicha tarea previo a ejecutar sus obras”, informó la entidad.
El TA determinó que el daño ambiental se configuró dado que “los eventos líticos destruidos eran bienes únicos, irrepetibles e irremplazables, y por lo tanto la pérdida en este caso, es irreparable“. En la sentencia sostiene que las 15 hectáreas del sitio arqueológico destruido por la empresa contenía la mayor concentración y densidad de material arqueológico del sitio Salamanqueja 12-13, constituyéndose daño al patrimonio arqueológico y cultural del país.
Según el tribunal, Pampa Camarones “actuó de manera culposa, debido a que realizó la intervención sin cumplir con lo establecido en su RCA”.
Fuente: Diario Financiero
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