Ponce se suma así a los resultados en la misma línea que obtuvieron los otros sancionados por el caso: Leonidas Vial, Roberto Guzmán Lyon, LarrainVial, Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz. Eso sí, a diferencia de estos -que se resolvieron por una votación de siete votos contra tres-, el fallo en el caso de Ponce fue por seis votos a favor y cuatro en contra. El ministro Nelson Pozo, que en las situaciones previas votó favorablemente los requerimientos, esta vez lo hizo en contra.
El TC acogió el argumento del controlador de la Cascada que acusó la inconstitucionalidad del artículo 29 de la ley de la entonces Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) -sobre el que el regulador basó la multa- que indica que se podrá fijar una multa de hasta el 30% del valor de la “operación irregular”.
Con este fallo, en cambio, la sanción máxima que podría aplicar la CMF, de ser ratificada por la Corte de Apelaciones, corresponde al artículo 28 de la misma ley, que establece un monto máximo de 15 mil UF (unos US$640 mil), monto que puede subir hasta 75 mil UF (US$3,2 millones) en caso de infracciones reiteradas para personas naturales y de 45 mil UF (US$1,9 millones) para las sociedades sujetas a la fiscalización de la CMF.
Fuente: Pulso
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