Esta declaración es una directa respuesta a la iniciativa parlamentaria, que no cuenta con el patrocinio del Ejecutivo, y que plantea que las aguas son un bien de uso público, limitando la propiedad sobre ellas sólo hasta 30 años.
De igual forma, CPC señaló que “la protección constitucional del derecho de aprovechamiento sobre las aguas es la única forma de dar certeza, estabilidad y racionalidad a su uso. En dicha protección constitucional resulta esencial la consideración del agua como un bien nacional, de aquellos que la naturaleza ha hecho común a todas las personas, y cuya propiedad debe ejercerse conforme a la legislación”. Para la multigremial, este proyecto tendría una intencionalidad expropiadora sobre los derechos de agua.
Libertad y Desarrollo (LyD) desarrolló un estudio respecto de este proyecto, y en él comenta que “los derechos de agua pasarán a ser meras concesiones administrativas, dado que se pierde una de sus facultades esenciales de la propiedad, suprimiendo la facultad de disposición que tiene todo propietario (y que ya ingresó a su patrimonio), y que le permite transferir o transmitir el dominio, vulnerando con este cambio la propiedad reconocida expresamente en la Constitución de 1980”.
Fuente: Pulso
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